Padres y Madres Separados

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Auto acerca de traslado de domicilio

MUY NOVEDOSA, INTERESANTE Y ACERTADA RESOLUCIÓN

AUTO

D./Dña. D. FRANCISCO DE ASIS SERRANO CASTRO

En SEVILLA, a dieciséis de enero de dos mil nueve

ANTECEDENTES DE HECHO

Único.-
En los presentes autos de divorcio mutuo acuerdo instados por la Sra. Procuradora Dª xxxxxxx en nombre y representación del matrimonio formado por Dª xxxxxxxx y D.xxxxxxx, se dictó sentencia de fecha 15/10/2008 acordando el divorcio y aprobando el Convenio Regulador de fecha 23/09/2008, sentencia que fue declarada firme el 24/10/2008.

Publicado el

ACUERDO: Adoptar como medidas cautelares, provisionales y urgentes, hasta que se adopte con carácter definitivo lo que proceda en un procedimiento de modificación de medidas, las siguientes:

1º.- Se atribuye la custodia del hijo menor, xxxxxxxxx, al padre quien compartirá con la madre el pleno ejercicio de la patria potestad sobre el mismo.

2º.- Se atribuye el uso y disfrute del domicilio y ajuar familiar al padre e hijo que vivirá en su compañía.

3º.- La madre disfrutará del mismo régimen de visitas que se otorgaba al padre en el Convenio Regulador de 23 de Septiembre de 2008, sin perjuicio de aclarar que las visitas de fines de semana se habrán de desarrollar en Sevilla, mientras que podría desplazarse el menor junto a su madre a su actual localidad de residencia, en períodos vacacionales.

4º.- la Sra. xxxxxxx contribuirá a los alimentos de su hijo, abonando al Sr. xxxxxx, dentro de los primeros cinco días de cada mes, una pensión por importe de 120€, cantidad que se actualizará anualmente conforme a las variaciones experimentadas por el IPC del INE.

Todo ello sin imponer las costas del incidente a ninguno de los litigantes.

Contra esta resolución cabe recurso de APELACIÓN ante la Audiencia Provincial de SEVILLA (artículo 455 L.E.C.). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de CINCO DÍAS hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).

Lo acuerda y firma el/la MAGISTRADO, doy fe.